27 septiembre 2007

ESPAÑA SIGUE SIN TENER UNA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Nota de prensa de la Coalición Pro-Acceso (24/09/2007)


Con ocasión del Día Internacional del derecho a Saber, que se celebrará el próximo día 28 de septiembre, quince ONG españolas denunciarán que el gobierno no ha cumplido su promesa electoral de adoptar una ley de acceso a la información pública que garantice la transparencia del gobierno y de todas las administraciones públicas y que se encuentre al nivel de las que ya existen en la mayoría de los países de la Unión Europea.

Las ONG que forman la Coalición Pro Acceso exigen al Gobierno y a todos los partidos políticos que adopten una ley de acceso a la información pública que cumpla con los estándares europeos e internacionales.

Nos encontramos cerca del fin de la Legislatura, y el gobierno todavía no ha cumplido con el compromiso recogido en su programa electoral de elaborar una ley de acceso a la información. La Coalición Pro Acceso se ha dirigido al Gobierno en varias ocasiones por este motivo y sin embargo, todavía no ha recibido una respuesta al respecto.

“Todos los ciudadanos tienen el derecho a saber cómo se toman las decisiones dentro de cualquier administración pública y a conocer cómo se gasta el dinero de los contribuyentes. La mejor herramienta para garantizar el pleno reconocimiento y ejercicio de este derecho es la existencia de una ley específica de acceso a la información.” comenta Eva Moraga, abogada de Access Info Europe, ONG miembro de la Coalición.

Asimismo añade que “una ley de este tipo debe ser prioritaria para todo partido político y todo Gobierno que esté verdaderamente comprometido en la lucha contra la corrupción”.

El derecho de acceso supone que cualquier persona puede solicitar información a cualquier organismo o entidad públicos o a cualquier entidad privada que realice funciones públicas, sin tener que justificar los motivos por los que se solicita la información o el uso que se le va a dar a la misma. El derecho de acceso a la información es un derecho humano reconocido por el derecho internacional y por numerosas constituciones y leyes nacionales en todo el mundo. En ese contexto, es inaceptable que España sea, junto con Grecia, uno de los dos únicos países de la Unión Europea con más de un millón de habitantes que no tienen una ley específica reguladora del derecho de acceso a la información.

En este sentido, Marta Arias, Directora de Campañas y Estudios de Intermón Oxfam, manifiesta que el acceso a la información pública es “imprescindible para que las organizaciones sociales puedan ejercer su labor, desde realizar el seguimiento de los compromisos del gobierno sobre ayuda al desarrollo hasta controlar qué exportaciones de armas autoriza España”.

Igualmente Miguel Angel Calderón, responsable de Comunicación de Amnistía Internacional considera que una ley de acceso a la información pública es básica para la defensa de los derechos humanos: “cuando investigamos sobre posibles violaciones y abusos contra los derechos de las personas o sobre las medidas que toma el Gobierno para garantizarlos, la información es vital".

En una línea similar Ana Etchenique, Directora de Relaciones Institucionales de CECU, considera que para que un ciudadano “actúe de forma responsable y sostenible como consumidor es indispensable que pueda acceder fácilmente a la información necesaria”.

La Coalición Pro Acceso ha definido los nueve principios esenciales que deberían recogerse en una futura ley española de acceso a la información, basándose en la legislación y la práctica en más de 70 países del mundo que tienen leyes de acceso a la información así como en la Recomendación 2000 del Consejo de Europa sobre el acceso a documentos oficiales:

1. El derecho a la información es un derecho de todos.
2. El derecho se aplica a todas las entidades públicas, a todos los poderes del Estado y a todas aquellas entidades privadas que realicen funciones públicas.
3. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.
4. Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.
5. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de acceso deben ser la excepción.
6. Las denegaciones de acceso deben limitarse y estar debidamente motivadas.
7. Toda persona tiene derecho a recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas.
8. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información básica y esencial sin que sea necesario realizar una solicitud.
9. El derecho de acceso a la información debe ser garantizado por un órgano independiente.

*Para más información, acude a la página web: http://www.proacceso.org

*Contacto:
- Eva Moraga
eva@access-info.org
- Helen Darbishire: helen@access-info.org
- Carlos Cordero: carlos.cordero@sustentia.com


Es una plataforma formada por un grupo de organizaciones de la sociedad civil e individuos interesados en derechos humanos que se constituyó en Octubre de 2006 que promueve la elaboración de una Ley de Acceso a la Información en España que facilite el pleno reconocimiento y ejercicio de este derecho en España.

Sus miembros en la actualidad son las siguientes asociaciones y ONGs: Transparencia Internacional (España), Amnistía Internacional, Intermón Oxfam, Access Info Europe, Greenpeace España, Observatorio de la RSC, Ecologistas en Acción, SEO – Birdlife, Economistas sin Fronteras, Fundación IPADE, Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), Asociación Pro Derechos Humanos de España (APDHE), Statewatch, Asociación de Archiveros Españoles en la Función Pública y Comité de Libertades Informáticas, así como las siguientes personalidades y expertos que apoyan y suscriben estos principios: Pilar Cusido (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid), Manuel Sánchez de Diego (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid), Estrella Gutiérrez (Departamento de Derecho Constitucional- Universidad Complutense de Madrid UCM), Miguel A. Gallardo (CITA), Daniel Wagman (GEA21), Severiano Fernández Ramos (Profesor Derecho Administrativo – Universidad de Cádiz).

1 comentario:

Anónimo dijo...

Pues sí, hace falta una ley de acceso, que acabo de vivir en carnes propias un caso.

Pedí acceder al archivo de gestión del Archivo Histórico Nacional, fondo que no aparece en el cuadro de organización de fondos de dicho archivo por motivos que desconozco, y me han denegado el acceso escudándose en que ese fondo es el archivo de gestión del AHN.

Aclaro que mi interés está en documentos del año 1912, que no parecen susceptibles de tener uso en el despacho diario de una oficina. Vamos, que la minuta de la memoria anual correspondiente a 1912, la de los partes trimestrales de trabajo, la correspondencia de dicho año, algún expediente de adquisición de las mismas fechas, o personal, u otros, no creo que se consulten todos los días en esa oficina, vamos, digo yo.